Hechiceros, vudús, curanderos y chamanes ahora también deberá pagar impuestos y hasta entregarte factura, pues el Servicio de Administración Tributaria (SAT) recientemente incluyó a estos en su catálogo de productos y servicios sujetos a impuestos, en materia de salud.
Así es, ahora hasta los ‘trabajitos’ que hagas con tu bruja de confianza, y las ‘limpias’ que te hagas con el curandero, los podrás facturar. El SAT incluyó a este tipo de actividades, como amarres, limpias y hechizos en una nueva subdivisión del catálogo, bajo el nombre de ‘medicina alternativa y holística’.
Con esta actualización, hechiceros, chamanes y curanderos deberán pagar impuestos al SAT, y sus clientes podrán solicitarles factura y hasta exigir su reembolso cuando les toque la Declaración Anual.
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¿Cómo facturar los “amarres”, hechizos y “limpias” ante el SAT?
Brujos, curanderos, hechiceros y chamanes deberán identificar la clave asignada al producto o servicio que ofrecen, esto a través del catálogo de productos y servicios en el portal del SAT.
Dentro del sitio, deberás seleccionar el tipo (en este caso, servicio), posteriormente la división (servicios de salud), enseguida el grupo (medicina alternativa), y por último la clase, y es ahí donde deberás elegir la que se apegue al servicio que corresponda en tu caso.
El proceso es bastante sencillo, pero si en algún momento se te complica facturar tu “amarre” o tu “limpia”, el mismo sitio cuenta con buscador por palabras para orientar al contribuyente cómo llenar los campos para solicitar la factura.