Ya llegó la Semana Santa y con ella una duda entre los trabajadores de México, ya que se hacen la pregunta de ¿se paga doble si se elabora durante estos días?. Los días Jueves Santo y Viernes Santo han generado la confusión de si se paga doble debido a la relevancia religiosa.
A pesar de que en estas fechas también se activa los sectores como comercio turismo y servicios, estos días no siempre implican obligaciones adicionales para las empresas en materia de pago.
¿El Jueves y el Viernes santo se pagan doble según la Ley Federal del Trabajo?
Los días de descanso obligatorio en el país están definidos, ya que de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, entre ellos se encuentran fechas como el 1 de enero, 1 de mayo o el 16 de septiembre.
Sin embargo, los días Jueves Santo y Viernes Santo no están contemplados en la lista de días feriados en el país, por lo que un trabajador labora en estas fechas, su pago será normal, salvo que exista un acuerdo del patrón y el trabajador.
¿Cuándo sí se paga doble o triple en México?
Según el artículo 74 de la LFT, los días se descanso obligatorio son los siguientes:
- 1 de enero
- Primer lunes de febrero
- Tercer lunes de marzo
- 1 de mayo
- 16 de septiembre
- Tercer lunes de noviembre
- 25 de diciembre
Por lo tantos, los días de Semana Santa no entran en los días feriados.
¿Puede una empresa dar descanso los días Jueves Santo y Viernes Santo?
La respuesta es que sí, ya que muchas empresas dan estos días de descanso como tema de tradición o política interna, pero con el sueldo pagado de forma normal.
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